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Continúan las inscripciones y renovaciones de becas estudiantiles en el municipio

15/03/2023

Desde el 1 de marzo en la oficina de Desarrollo Social, personal municipal se encuentra asesorando a jóvenes estudiantes de La Caldera para acceder a Becas Progresar y Becas Provinciales Universitarias y Terciarias. Con esta iniciativa el Municipio busca brindar un acompañamiento en las trayectorias académicas, acercando a la población información y asesoría sobre los beneficios nacionales y provinciales hacia los estudiantes que se encuentren cursando alguna carrera.

El horario de atención en las oficinas de la Subsecretaria de Desarrollo Social es de lunes a viernes de 07 a 13 hs. Asimismo, el jueves 16 y viernes 17 de marzo también se inscribirá durante la tarde desde las 14:00 hasta las 20:00 hs. a quienes por diversas razones no puedan hacerlo por la mañana. Considerando los últimos días hábiles para acceder al beneficio.

Es importante recordar que la inscripción a Becas Progresar es hasta el 31 de marzo, mientras que las Becas Provinciales se extienden hasta el 15 de abril.

BECAS PROVINCIALES

Es un apoyo económico anual que brinda el Gobierno de la Provincia de Salta, a estudiantes que cursan regularmente carreras de grado de Nivel Superior Universitario, dictada por Universidades Públicas y Privadas del Territorio de la República Argentina y de Nivel Superior No Universitario, dictadas por Institutos dependientes de las Dirección General de Educación Superior y de Educación Privada del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología del Gobierno de la Provincia de Salta cuyos objetivos consisten en:

 a) Promover la igualdad de oportunidades en el ámbito de la educación superior, a través de la implementación de un sistema de becas que favorezca el acceso, permanencia y egreso de estudiantes con particulares condiciones de vulnerabilidad socioeconómica familiar y que presenten un rendimiento académico y regularidad en sus estudios en los términos exigidos por el presente;

b) Fomentar la promoción efectiva del nivel medio o secundario;

c) Contribuir al desarrollo de la provincia, promoviendo la formación de recursos humanos.

REQUISITOS:

•             PERSONALES

         1) Ser argentino.

         2) No ser mayor de veinticinco (25) años de edad en caso de ser ingresante y 40 años de edad en caso de ser re inscriptos a carreras de Nivel Superior. En todos los casos la edad establecida deberá acreditarse al cierre de la convocatoria anual al Programa. Por alumnos re inscriptos se entiende aquellos que al momento de la inscripción ya han cursado un año de carrera mínimamente.

         3) Tres (3) años de residencia inmediatos anteriores a la postulación en la Provincia de Salta y su grupo familiar.

         4) No poseer otro beneficio de carácter similar

•             SOCIO ECONÓMICO FAMILIAR

       Integrar un grupo familiar con condiciones socioeconómicas insuficientes para solventar los gastos de estudios del solicitante. Tal situación será verificada y ponderada por el área de Servicio Social, a través del análisis de la documentación presentada, visitas domiciliarias, entrevistas, cruce de información con Dirección General de Inmuebles y Rentas de la Provincia, AFIP, ANSES, SINTyS y otros organismos, a efectos de evaluar el cumplimiento de dicha condición.

      Los ingresos máximos que el grupo familiar del solicitante puede tener, de acuerdo a la cantidad de integrantes de la familia, son los siguientes:

 

 

GRUPO FAMILIAR CONVIVIENTE                             MONTO MAXIMO DE INGRESOS              

                1 a 2                                                                          $ 122.042             

                3 a 4                                                                          $ 167.628             

                5                                                                                $ 207.769             

                6                                                                                $ 234.450             

                7                                                                                $ 264.318             

                8                                                                                $ 282.625             

                9 a *                                                                           $ 301.895             

 

•             ACADÉMICOS

1.- GENERALES:

1)  Cursar regularmente una carrera de grado de Nivel Superior Universitario dictada por Universidades Públicas y Privadas del Territorio de la República Argentina o una carrera de Nivel Terciario dictada por Instituciones dependientes de la Dirección General de Educación Superior y Educación Privada del Ministerio de Educación del Gobierno de Salta.

2)  Haber cursado y concluido el Nivel Medio, Polimodal o Secundario, en cualquiera de sus modalidades, en establecimientos de la Provincia de Salta, sin adeudar ninguna materia.

3)  No haber finalizado una carrera de grado de Nivel Superior Universitario y/o Tecnicatura o Profesorado de Nivel Superior No Universitario.

4)  Cursar regularmente la carrera para la que postuló, sea en modalidad presencial o semi-presencial.

2.- INGRESANTES A CARRERAS DE NIVEL SUPERIOR

1)  Haber obtenido en el Nivel Polimodal o Ciclo Superior del ex Nivel Medio, Técnico o Artístico, un promedio general de calificaciones mínimo de siete (7) puntos;

2)  Estar inscripto en una carrera de Nivel Superior.

 El otorgamiento de la beca queda sujeto a que el alumno apruebe las condiciones de admisión a la Institución a la cual pretenda ingresar, lo que oportunamente será verificado por el Subprograma.

3.- REINSCRIPTOS EN CARRERAS DE NIVEL SUPERIOR

(Alumno re inscripto es aquel que ingreso a la carrera de nivel superior, como mínimo, en el año anterior al que solicita la Beca)

•             UNIVERSITARIOS

1) Tener un promedio general de calificaciones equivalente a cinco (5) computándose aplazos.

2) Haber aprobado un mínimo de materias equivalente al sesenta y seis (66 %) del total de materias que debería haber aprobado de acuerdo al plan de Estudio, computándose desde el año de ingreso a la carrera hasta el inmediato anterior a la postulación.

•             TERCIARIOS

1) Tener un promedio general de calificaciones mínimo de seis (6) puntos incluyendo aplazos.

2) Haber aprobado un mínimo de materias equivalentes setenta y cinco por ciento (75 %) de materias, de acuerdo al Plan de Estudio y computadas desde el año de ingreso a la carrera hasta el inmediato anterior a la postulación.

BECAS PROGRESAR

Desde Nación se quiere acompañar a los y las jóvenes para que finalicen sus estudios primarios o secundarios, que continúen en la educación superior o se formen profesionalmente. Su propósito es orientar la acción estatal en el sentido de las necesidades de desarrollo y crecimiento de la Argentina, garantizando condiciones igualitarias de acceso a la educación, la permanencia y el egreso.

Progresar nivel obligatorio

1)            Ser argentina/o nativa/o; naturalizada/o o extranjera/o, con residencia legal de dos (2) años en el país y contar con DNI.

2)            Ser alumna/o regular de una institución educativa.

3)            Tener entre 16 y 24 años cumplidos.

4)            Se extiende hasta 35 años de edad a las personas con hijas/os menores de 18 años pertenecientes a hogares monoparentales.

5)            Sin límite de edad para personas trans, de pueblos indígenas, con discapacidad o refugiadas.

6)            Los ingresos de la/el joven y los de su grupo familiar no deberán ser superiores a tres (3) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).

Progresar nivel superior

1)            Ser argentina/o nativa/o; naturalizada/o o extranjera/o, con residencia legal de cinco (5) años en el país y contar con DNI.

2)            Ser alumna/o regular de una institución educativa.

3)            Tener entre 17 y 24 años de edad cumplidos.

4)            Estudiantes avanzadas/os en la carrera, hasta treinta (30) años cumplidos.

5)            Estudiantes de enfermería sin límite de edad.

6)            Se extiende hasta 35 años de edad a las personas con hijas/os a cargo menores de 18 años pertenecientes a hogares monoparentales.

7)            Sin límite de edad para personas trans, de pueblos indígenas, con discapacidad o refugiadas.

8)            Los ingresos de la/el joven y los de su grupo familiar no deberán ser superiores a tres (3) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).


También pueden encontrar información sobre reglamento y requisitos en:

https://sga.edusalta.gov.ar/BecasProvinciales/inicio/requisitos.aspx

https://www.argentina.gob.ar/educacion/progresar